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Seguimiento e implementación: Mandatos
 

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MIGRACIÓN: Leyes y Derechos de Trabajo
MANDATOS

  1. Reafirmamos la importancia de proteger plenamente los derechos humanos de las y los migrantes, independientemente de su condición migratoria, y la observancia de las leyes laborales aplicables, incluyendo los principios y derechos laborales contenidos en la Declaración de la OIT sobre Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo. (Declaración de Puerto España, 2009)

  1. Fortalecer el diálogo constructivo respecto al fenómeno de la migración internacional, con miras a promover el reconocimiento pleno de los derechos humanos de los trabajadores migrantes, reducir sus condiciones de vulnerabilidad en el trabajo, así como procurar el cumplimiento efectivo del principio de igualdad y no discriminación en el trabajo, tomando como base los instrumentos internacionales en la materia, y a asegurar así que la migración sea un proceso ordenado que beneficie a todas las partes y estimule la productividad global.* (Plan de Acción de Mar del Plata, 2005).

    *Estados Unidos hace notar que este texto fue examinado en relación con la declaración y que se llegó a un consenso, que incluía a los Estados Unidos, con base en la siguiente redacción: “aumentar la cooperación y el diálogo interamericanos a fin de reducir y desalentar la migración indocumentada, así como promover los procesos migratorios de conformidad con el sistema jurídico de cada Estado y el derecho internacional de los derechos humanos aplicable”. Estados Unidos considera que el punto en el Plan de Acción debe reflejar fielmente la Declaración.

  1. Fortalecer y establecer mecanismos de colaboración entre los países de tránsito, origen y recepción de trabajadores migrantes en el Hemisferio a fin de difundir información sobre los derechos laborales de los trabajadores migrantes. (Plan de Acción de Mar del Plata, 2005).

  1. Destacamos la importancia de la cooperación entre países de origen, tránsito y destino para asegurar la plena protección de los derechos humanos de todos los migrantes, incluidos los trabajadores migratorios y sus familias, y la observancia de las leyes laborales aplicables a ellos, de conformidad con los compromisos asumidos en las Cumbres de Santiago y de la Ciudad de Québec. Apoyamos la adopción de programas de migración ordenada como factor de desarrollo económico y social, y cooperaremos en el combate a la trata de personas, que afecta especialmente a mujeres y niños. (Declaración de Nuevo León, 2004).

  1. Reconocemos las contribuciones económicas y culturales que aportan los migrantes a las sociedades de destino y a sus comunidades de origen. Nos comprometemos a asegurar tratamiento digno y humano, con protección legal adecuada, defensa de los derechos humanos y condiciones de trabajo seguras y saludables para los migrantes. Fortaleceremos mecanismos de cooperación hemisféricos para atender las legítimas necesidades de los migrantes y adoptar medidas eficaces en contra del tráfico de seres humanos. (Declaración de Québec, 2001).

  1. Apoyarán programas de cooperación sobre procedimientos de migración para mercados laborales transfronterizos y la migración de trabajadores tanto en los países de origen como en los de destino, como un medio para incrementar el crecimiento económico, con pleno conocimiento del papel que la cooperación en educación y capacitación puede jugar en la mitigación de cualquier consecuencia adversa del movimiento de capital humano de países más pequeños y menos desarrollados; (Plan de Acción de Québec, 2001).

  1. Buscarán asegurar que los migrantes tengan acceso a los servicios sociales básicos, de manera consistente con el ordenamiento jurídico de cada país; (Plan de Acción de Québec, 2001).

  1. Cumplirán con los instrumentos internacionales de derechos humanos aplicables y, de conformidad con el ordenamiento jurídico de cada país, garantizarán los derechos humanos de todos los migrantes, incluidos los trabajadores migrantes y sus familias. (Plan de Acción de Santiago, 1998).

  1. Velarán por el pleno cumplimiento y protección de los derechos humanos de todos los migrantes, incluidos los trabajadores migrantes y sus familias, y adoptarán medidas efectivas, entre ellas el fortalecimiento de la conciencia pública, para impedir y erradicar violaciones a los derechos humanos y eliminar todas las formas de discriminación contra ellos, particularmente la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia conexa. (Plan de Acción de Santiago, 1998).

  1. Reafirman el derecho soberano de cada Estado a formular y aplicar su propio marco jurídico y políticas migratorias, incluido el otorgamiento de permisos a los migrantes para entrar, permanecer o ejercer una actividad económica, de conformidad plena con los instrumentos internacionales aplicables sobre los derechos humanos y en un espíritu de cooperación. (Plan de Acción de Santiago, 1998).

  1. Velarán por el pleno respeto y cumplimiento de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, particularmente en lo que se refiere al derecho que tienen los nacionales, sin importar su condición migratoria, a comunicarse con un funcionario consular de su Estado en caso de ser detenidos. (Plan de Acción de Santiago, 1998).

  1. Protegerán los derechos de todos los trabajadores migrantes y sus familias, de conformidad con el ordenamiento jurídico de cada país, adoptando medidas, en caso que no hubieran, para: 1. proporcionar, con respecto a las condiciones laborales, la misma protección jurídica otorgada a los trabajadores nacionales; 2. facilitar, cuando proceda, el pago de los salarios completos adeudados a los trabajadores que hayan regresado a sus países, y permitirles gestionar el traslado de sus efectos personales; 3. reconocer los derechos de ciudadanía y nacionalidad de los hijos de todos los trabajadores migrantes que puedan tener derecho a los mismos, y todo otro derecho que ellos puedan tener en cada país; 4. fomentar la negociación de acuerdos bilaterales o multilaterales, relacionados con el retorno de los beneficios de seguridad social devengados por los trabajadores migrantes; 5. proteger a todos los trabajadores migrantes y sus familias, mediante el cumplimiento de la ley y campañas informativas, para evitar que sean víctimas de la explotación y el abuso por causa del tráfico ilícito de personas; 6. impedir el abuso y maltrato de los trabajadores migrantes por parte de empleadores o de las autoridades encargadas de la aplicación de la política migratoria y el control de las fronteras; y 7. alentar y promover el respeto de la identidad cultural de todos los migrantes. (Plan de Acción de Santiago, 1998).

  1. Apoyarán las actividades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con respecto a la protección de los derechos de los trabajadores migrantes y sus familias, particularmente por medio del Relator Especial para Trabajadores Migrantes. (Plan de Acción de Santiago, 1998).

  • Iniciativa 33 Desarrollar políticas migratorias adecuadas, promover el ahorro y las oportunidades de inversión para generar empleo, y crear medios de vida sostenibles, en particular para los sectores más pobres y vulnerables. (Plan de Acción de Santa Cruz de la Sierra, 1996).

  • 2.8 Garantizaran la protección de los derechos humanos de todos los trabajadores migrantes y de sus familias. Adoptaran las medidas necesarias para remediar las condiciones inhumanas en las cárceles y reducir al mínimo el número de detenidos en espera de juicio. (Plan de Acción de Miami, 1994)

 

 

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